El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial Número 538-2025, por medio del cual acuerda restringir la circulación de transporte pesado durante la Semana Santa.
La restricción abarca desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección.
La disposición legal señala que desde el miércoles 16 de abril a las 12 horas no podrá circula el transporte pesado hasta el domingo 20 de abril a las 24 horas.
Al respecto, se limita la circulación de transporte de carga en todo el territorio nacional.
Se exceptúa el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas, alimentos y grúas. Este tipo de transporte pesado o de carga se considera de servicio, por lo tanto, no tiene ninguna restricción para circular por las carreteras del país y no necesita permisos especiales.
También señala el acuerdo que los transportes de carga que trasladen los productos autorizados para circular deberán portar la documentación legal que respalde el traslado de los productos para cada entrega.
Asimismo, los transportistas podrán acceder al portal electrónico de la Dirección General de Transportes (DGT) para proporcionar la información que corresponda a cada traslado y obtener el código QR que podrá presentar en caso de que las autoridades de tránsito lo soliciten.
Limitaciones
El transporte de carga podrá circular en estas direcciones:
Del kilómetro 290 de la carretera CA-09 Norte a las instalaciones de estación ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del puerto Santo Tomás de Castilla.
Del kilómetro 80 carretera CA-09 Sur, a las instalaciones del puerto Quetzal al kilómetro 104 carretera CA-09 Sur y al kilómetro 114 carretera CA-09-Sur.
El CIV manifiesta que las infracciones a esta disposición serán sancionadas conforme a la legislación vigente.
Asimismo, las autoridades de la DGT deberán prestar la colaboración necesaria para la aplicación de la presente disposición. Además, señala que las infracciones a la regulación a la que se refiere el acuerdo se sancionará de conformidad con la Ley.
La anterior disposición refrenda el compromiso del CIV de garantizar la circulación vial en las carreteras del país en esta Semana Santa.